
ACNUR: nota orientación necesidades protección internacional personas que huyen de Myanmar
La Agencia de la ONU para los refugiados (ACNUR) ha publicado la «Nota orientativa sobre las necesidades de protección internacional de las personas que huyen de Myanmar – mayo de 2024» (que por ahora no está en español pero sí en inglés y coreano).
El conflicto en Myanmar se ha intensificado, así como la violencia generalizada y las graves violaciones de los derechos humanos cometidas contra civiles por todas las partes del conflicto. Por esta razón, ACNUR sigue apelando a todos los Estados a que permitan a los civiles que huyen de Myanmar acceder a sus territorios, garanticen el derecho a solicitar asilo y aseguren el respeto al principio de no devolución en todo momento. Debido a los acontecimientos recientes en este país, incluida la entrada en vigor de una ley de servicio militar obligatorio recientemente anunciada por las autoridades, ACNUR está preocupado por el aumento de las necesidades de protección internacional de las personas que huyen de Myanmar.
ACNUR considera que las personas que huyen de Myanmar debido a la actual situación de violaciones generalizadas de los derechos humanos en el contexto del conflicto entre militares, grupos armados étnicos (EAG) y las Fuerzas de Defensa del Pueblo (PDF), probablemente cumplan los criterios de la Convención de 1951 para el estatuto del refugiado o necesiten formas complementarias de protección, incluida la protección subsidiaria.
Dada la volatilidad de la situación en todo el país, ACNUR no considera apropiado denegar protección internacional a los nacionales y residentes habituales de Myanmar en base a una alternativa de huida o reubicación interna.
Entre las personas que huyen de Myanmar puede haber individuos que hayan estado asociados con actos que puedan tener encaje en las cláusulas de exclusión previstas en el Artículo 1F de la Convención de 1951. En tales casos, será necesario examinar cuidadosamente la responsabilidad individual por delitos que puedan dar lugar a la exclusión de la protección internacional de los refugiados.
La situación en Myanmar es volátil e incierta y el país vive una crisis humanitaria. Por ello, ACNUR insta a los Estados a suspender el retorno forzado de nacionales y residentes habituales de Myanmar, incluidos aquellos cuyas solicitudes de asilo hayan sido denegadas. La prohibición de retorno forzado sirve como un estándar mínimo y debe mantenerse en vigor hasta que la situación de seguridad, el estado de derecho y los derechos humanos en Myanmar hayan mejorado significativamente para permitir un retorno seguro y digno de aquellas personas para las que se determine no necesitar protección internacional.
Las personas pertenecientes a la minoría étnica Rohingya se considerarán, de forma general, personas apátridas según el Artículo 1 de la Convención de 1954 sobre el Estatuto de las Personas Apátridas, teniendo en cuenta la ley de ciudadanía de Myanmar y su aplicación discriminatoria. ACNUR insta a los Estados a garantizar que se permita a las personas Rohingya acceder a los procedimientos de asilo, se les otorgue el mismo nivel de protección que a las personas refugiadas que tienen una nacionalidad y que se tenga debida consideración a su falta de nacionalidad.
* Pueden descargar dicha nota en inglés «Guidance Note on the International Protection Needs of People Fleeing Myanmar» y coreano: «UN High Commissioner for Refugees (UNHCR), Guidance Note on the International Protection Needs of People Fleeing Myanmar, May 2024, https://www.refworld.org/policy/countrypos/unhcr/2024/en/147974 [accessed 13 June 2024]»
** Información obtenida a través de Refworld, plataforma global para la determinación de la condición de refugiado así como el resumen en español de la nota a través de ACNUR España / UNHCR Spain.
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