
Instrucción SEM 1/2024 sobre sujetos legitimados, comparecencia personal y representación
La Secretaría de Estado de Migraciones acaba de publicar la esperada «Instrucción SEM 1/2024 sobre sujetos legitimados, comparecencia personal y representación en la formulación de solicitudes en los procedimientos en materia de extranjería cuando el sujeto legitimado se encuentre en territorio español«, en la que se abordan los siguientes puntos:
Primera. – Objeto.
Segunda. – Obligación de comparecencia personal.
Tercera. – Régimen de representación.
a) Solicitudes de autorizaciones de prórrogas de estancia sin visado y prórrogas de visados de estancia de corta duración.
b) Solicitudes de autorizaciones iniciales de residencia, de residencia y trabajo y de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión y de estancia por estudios.
c) Solicitudes de modificación, prórroga y renovación de autorizaciones de residencia y/o trabajo o de circunstancias excepcionales, solicitudes de autorizaciones de larga duración, prórroga de estancia por estudios y de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión.
d) Representación legal empresarial, según el tipo de persona física o jurídica
e) Representación legal de menores de edad extranjeros o de personas extranjeras con discapacidad que necesitan el apoyo de un tercero para el ejercicio de su capacidad jurídica.
f) Obligación de comparecencia personal.
g) Obligación de comparecencia personal y representación por sujetos habilitados.
h) Adecuación de la representación y momento para acreditarla.
i) Documentación aportada a los procedimientos por los representantes
Cuarta. – Solicitudes de autorizaciones iniciales de residencia, de residencia y trabajo, de residencia temporal de familiar de ciudadano de la Unión y de estancia por estudios presentadas por el sujeto legitimado
Quinta. – Solicitudes de modificación, prórroga o renovación de las autorizaciones de residencia y/o trabajo, de autorizaciones de residencia de larga duración, larga duración UE, de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión, y de prórroga de autorizaciones de estancia por estudios presentadas por el sujeto legitimado.
Sexta. – Recursos.
Séptima. – Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, con las Áreas y Dependencias de Trabajo e Inmigración y con las Oficinas de Extranjería.
Octava. – Supuestos de presentación por cauces inadecuados.
Novena. – Incidencias técnicas por interrupción del servicio en Mercurio.
* Información obtenida a través del portal del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
** Para su comodidad, ya hemos incluido dichas instrucciones en nuestro apartado de normativa básica del blog.
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