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Gestión informatizada varias oficinas del Registro Civil (DICIREG) en País Vasco y Galicia

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente las Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil de los partidos judiciales de Gernika-Lumo, Balmaseda, Ourense y Santiago de Compostela, relacionadas con las ya publicadas en nuestro blog sobre Vielha e Mijaran, Arenys de Mar, Blanes y Olivenza, Tolosa, Getxo, Amurrio, Durango y La RodaEivissa y TomellosoEibar, Irun, Sant Feliu de Llobregat, Azpeitia y Bergara Vilanova i la Geltrú, Sabadell y MartorellBarakaldo, Donostia/San Sebastián y Vitoria-GasteizCerdanyola del Vallès, Terrassa, Mollet del Vallès, Rubí y Gavá,  Vigo, Esplugues de Llobregat y Badalona,  Sant Boi de Llobregat, Cornellà de Llobregat, El Prat de Llobregat y Santa Coloma de Gramenet, la Oficina General del Registro Civil de A Coruña, la Oficina General del Registro Civil de Molina de Segura, la de Ceuta, la de Melilla, la Oficina General del Registro Civil de Bilbao, la Oficina General del Registro Civil de Tarragona, la Oficina General del Registro Civil de Murcia, la Oficina General de Madrid y la Oficina General de Barcelona.

Resaltamos:

La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil ha previsto un nuevo modelo de Registro Civil que se caracteriza, principalmente, por ser público, gratuito, único para toda España y que se configura como electrónico e interoperable.

Primero.

1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del partido judicial de Santiago de Compostela, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Santiago de Compostela y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Ames, Boqueixón, Teo y Vedra, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 3 de julio de 2023.

(…)

Segundo.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el Registro Civil de Santiago de Compostela pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Santiago de Compostela y los Registros Civiles Municipales Delegados de Ames, Boqueixón, Teo y Vedra pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Ames, Boqueixón, Teo y Vedra, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.

Primero.

1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del partido judicial de Gernika-Lumo, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Gernika-Lumo y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Ajangiz, Amoroto, Arratzu, Arrieta, Aulesti, Bakio, Bermeo, Berriatua, Busturia, Ea, Elantxobe, Ereño, Errigoiti, Etxebarria, Forua, Fruiz, Gamiz-Fika, Gautegiz Arteaga, Gizaburuaga, Ibarrangelu, Ispaster, Kortezubi, Lekeitio, Markina-Xemein, Mendata, Mendexa, Meñaka, Morga, Mundaka, Mungia, Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz, Murueta, Muxika, Nabarniz, Ondarroa, Sukarrieta y Ziortza-Bolibar, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 3 de julio de 2023.

(…)

Segundo.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el Registro Civil de Gernika-Lumo pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Gernika-Lumo y los Registros Civiles Municipales Delegados de Ajangiz, Amoroto, Arratzu, Arrieta, Aulesti, Bakio, Bermeo, Berriatua, Busturia, Ea, Elantxobe, Ereño, Errigoiti, Etxebarria, Forua, Fruiz, Gamiz-Fika, Gautegiz Arteaga, Gizaburuaga, Ibarrangelu, Ispaster, Kortezubi, Lekeitio, Markina-Xemein, Mendata, Mendexa, Meñaka, Morga, Mundaka, Mungia, Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz, Murueta, Muxika, Nabarniz, Ondarroa, Sukarrieta y Ziortza-Bolibar pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Ajangiz, Amoroto, Arratzu, Arrieta, Aulesti, Bakio, Bermeo, Berriatua, Busturia, Ea, Elantxobe, Ereño, Errigoiti, Etxebarria, Forua, Fruiz, Gamiz-Fika, Gautegiz Arteaga, Gizaburuaga, Ibarrangelu, Ispaster, Kortezubi, Lekeitio, Markina-Xemein, Mendata, Mendexa, Meñaka, Morga, Mundaka, Mungia, Munitibar-Arbatzegi Gerrikaitz, Murueta, Muxika, Nabarniz, Ondarroa, Sukarrieta y Ziortza-Bolibar, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.

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