
Gestión informatizada varias oficinas del Registro Civil (DICIREG)
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente las Resoluciones de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil de los partidos judiciales de Barakaldo, Donostia/San Sebastián y Vitoria-Gasteiz, relacionadas con las ya publicadas en nuestro blog sobre Cerdanyola del Vallès, Terrassa, Mollet del Vallès, Rubí y Gavá, Vigo, Esplugues de Llobregat y Badalona, Sant Boi de Llobregat, Cornellà de Llobregat, El Prat de Llobregat y Santa Coloma de Gramenet, la Oficina General del Registro Civil de A Coruña, la Oficina General del Registro Civil de Molina de Segura, la de Ceuta, la de Melilla, la Oficina General del Registro Civil de Bilbao, la Oficina General del Registro Civil de Tarragona, la Oficina General del Registro Civil de Murcia, la Oficina General de Madrid y la Oficina General de Barcelona.
Destacamos:
La Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil ha previsto un nuevo modelo de Registro Civil que se caracteriza, principalmente, por ser público, gratuito, único para toda España y que se configura como electrónico e interoperable.
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del partido judicial de Barakaldo, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Barakaldo y las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Valle de Trápaga-Trapagaran y Zierbena, de la aplicación informática denominada Dicireg, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 27 de abril de 2023.
(…)
Segundo.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro Civil de Barakaldo pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Barakaldo y los Registros Civiles Municipales Delegados de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Valle de Trápaga-Trapagaran y Zierbena pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Valle de Trápaga-Trapagaran y Zierbena, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del partido judicial de Donostia/San Sebastián, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Donostia/San Sebastián y las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Astigarraga, Errenteria, Hernani, Lasarte-Oria, Lezo, Oiartzun, Orio, Pasaia, Urnieta y Usurbil, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 17 de abril de 2023.
(…)
Segundo.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el Registro Civil de San Sebastián pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Donostia/San Sebastián y los Registros Civiles Municipales Delegados de Astigarraga, Errenteria, Hernani, Lasarte-Oria, Lezo, Oiartzun, Orio, Pasaia, Urnieta y Usurbil pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Astigarraga, Errenteria, Hernani, Lasarte-Oria, Lezo, Oiartzun, Orio, Pasaia, Urnieta y Usurbil, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del partido judicial de Vitoria-Gasteiz, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Vitoria-Gasteiz y las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alegría-Dulantzi, Añana, Aramaio, Armiñón, Arraia-Maeztu, Arratzua-Ubarrundia, Asparrena, Baños de Ebro/Mañueta, Barrundia, Berantevilla, Bernedo, Campezo/Kanpezu, Elburgo/Burgelu, Elciego, Elvillar/Billar, Erriberagoitia/Ribera Alta, Harana/Valle de Arana, Iruña Oka/Iruña de Oca, Iruraiz-Gauna, Kripan, Kuartango, Labastida/Bastida, Lagrán, Laguardia, Lanciego/Lantziego, Lantarón, Lapuebla de Labarca, Legutio, Leza, Moreda de Alava/Moreda Araba, Navaridas, Oyón-Oion, Peñacerrada-Urizaharra, Ribera Baja/Erribera Beitia, Salvatierra/Agurain, Samaniego, San Millán/Donemiliaga, Villanueva de Alava/Eskuernaga, Yécora/Iekora, Zalduondo, Zambrana, Zigoitia y Zuia, de la aplicación informática denominada Dicireg, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 17 de abril de 2023.
(…)
Segundo.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro Civil de Vitoria-Gasteiz pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Vitoria-Gasteiz y los Registros Civiles Municipales Delegados de Alegría-Dulantzi, Añana, Aramaio, Armiñón, Arraia-Maeztu, Arratzua-Ubarrundia, Asparrena, Baños de Ebro/Mañueta, Barrundia, Berantevilla, Bernedo, Campezo/Kanpezu, Elburgo/Burgelu, Elciego, Elvillar/Billar, Erriberagoitia/Ribera Alta, Harana/Valle de Arana, Iruña Oka/Iruña de Oca, Iruraiz-Gauna, Kripan, Kuartango, Labastida/Bastida, Lagrán, Laguardia, Lanciego/Lantziego, Lantarón, Lapuebla de Labarca, Legutio, Leza, Moreda de Alava/Moreda Araba, Navaridas, Oyón-Oion, Peñacerrada-Urizaharra, Ribera Baja/Erribera Beitia, Salvatierra/Agurain, Samaniego, San Millán/Donemiliaga, Villanueva de Alava/Eskuernaga, Yécora/Iekora, Zalduondo, Zambrana, Zigoitia y Zuia pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alegría-Dulantzi, Añana, Aramaio, Armiñón, Arraia-Maeztu, Arratzua-Ubarrundia, Asparrena, Baños de Ebro/Mañueta, Barrundia, Berantevilla, Bernedo, Campezo/Kanpezu, Elburgo/Burgelu, Elciego, Elvillar/Billar, Erriberagoitia/Ribera Alta, Harana/Valle de Arana, Iruña Oka/Iruña de Oca, Iruraiz-Gauna, Kripan, Kuartango, Labastida/Bastida, Lagrán, Laguardia, Lanciego/Lantziego, Lantarón, Lapuebla de Labarca, Legutio, Leza, Moreda de Alava/Moreda Araba, Navaridas, Oyón-Oion, Peñacerrada-Urizaharra, Ribera Baja/Erribera Beitia, Salvatierra/Agurain, Samaniego, San Millán/Donemiliaga, Villanueva de Alava/Eskuernaga, Yécora/Iekora, Zalduondo, Zambrana, Zigoitia y Zuia, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.