Asociación PROGESTIÓN
Finalista Premio Corresponsables 2016 Fundación CORRESPONSABLES

Estructura orgánica básica Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar el Real Decreto 783/2022, de 27 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y el Real Decreto 373/2020, de 18 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

Destacamos:

Artículo primero. Modificación del Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, se modifica en los siguientes términos:

(…)

Cuatro. Se modifica el artículo 7.1, con la siguiente redacción:

«1. Corresponden a la Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración las siguientes funciones:

a) La planificación, desarrollo y gestión de programas de atención humanitaria a personas migrantes.

b) La planificación, gestión y seguimiento de los centros de migraciones o de otros inmuebles que vayan a ser destinados a futuros centros de migraciones, así como de las derivaciones desde estos centros a otros recursos o programas.

c) La coordinación y planificación de actuaciones de intervención urgente para situaciones de carácter excepcional y emergencia humanitaria, en colaboración, en su caso, con las comunidades autónomas, Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, corporaciones locales, así como con entidades públicas y privadas.

d) La gestión patrimonial en lo que afecta a los centros de migraciones o a otros inmuebles que vayan a ser destinados a futuros centros de migraciones, su inventario, la gestión de arrendamientos y, en su caso, los procedimientos de mutación demanial, la adecuación y conservación de los citados centros e inmuebles y el mantenimiento de sus instalaciones, así como la planificación, coordinación, elaboración y dirección de los proyectos de obras que afecten a los mismos.

e) La propuesta de contratación de obras, servicios y suministros necesarios para el funcionamiento de los centros de migraciones o de inmuebles que vayan a ser destinados a futuros centros de migraciones.

f) La gestión de subvenciones y otros instrumentos de financiación y gestión para la colaboración con entidades públicas y privadas en materia de atención humanitaria y defensa de los derechos humanos de las personas migrantes, y la colaboración con entidades públicas y privadas cuyas actividades se relacionen con dicha materia.

g) El desarrollo y gestión de programas vinculados al retorno voluntario de personas migrantes, la reagrupación familiar, personas migrantes con visado de búsqueda de empleo, en coordinación con la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social.»

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