
Gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción concertada
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy publica la Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción concertada, de la que resaltamos:
Artículo 1. Objeto.
Esta orden ministerial tiene por objeto desarrollar la acción concertada con entidades para la gestión del sistema de acogida de protección internacional, de conformidad con lo establecido en el título V del Reglamento por el que se regula el sistema de acogida en materia de protección internacional, aprobado por Real Decreto 220/2022, de 29 de marzo.
(…)
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
ANEXO I
Servicios y actuaciones del itinerario del sistema de acogida de protección internacional prestados mediante acción concertada
El sistema de acogida de protección internacional se desarrolla mediante itinerarios de acogida, cuya finalidad es facilitar la progresiva autonomía de las personas destinatarias y su inclusión social y laboral en la sociedad de acogida. Estos itinerarios se instrumentan en tres fases: valoración inicial y derivación, acogida y autonomía. Cada una de estas fases responde a diferentes necesidades de las personas destinatarias por lo que incluye diferentes actuaciones y servicios. No obstante, existen actuaciones trasversales, como el aprendizaje del idioma, la interpretación y traducción, el apoyo al acceso al empleo o la asistencia psicológica y legal que podrán ser prestadas a todas las personas destinatarias del sistema.
Los servicios y actuaciones que pueden ser prestados mediante acción concertada en cada una de las fases del itinerario de acogida son los siguientes:
1. En la fase de valoración inicial y derivación: (…)
2. En la fase de acogida: (…)
3. En la fase de autonomía: (…)
ANEXO II
Servicios y actuaciones prestados mediante acción concertada en el programa de atención humanitaria a personas migrantes llegadas a costas o por vía terrestre a las ciudades de Ceuta y Melilla
(…)
La atención humanitaria a las personas destinatarias se llevará a cabo mediante los siguientes servicios del programa:
1. Servicio de acogida: (…)
2. Servicio de traslados: (…)
3. Servicio de atención en grandes ciudades: (…)
4. Servicio de atención en costas: (…)
5. Servicio de atención sociosanitaria en los centros de estancia temporal de inmigrantes (CETI) de Ceuta y Melilla y en otros centros de titularidad pública: (…)