
Prórroga criterios restricción temporal viajes no imprescindibles
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy publica la Orden INT/372/2022, de 29 de abril, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, por la que se prorroga hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022 la eficacia de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio.
[jetpack-related-posts]Los efectos de la Orden INT/657/2020 finalizan el 30 de abril de 2022, por lo que, al no haber variado la Recomendación del Consejo, procede prorrogar sus efectos. En esta ocasión, el periodo de prórroga será de sólo 15 días, mientras se terminan de definir las condiciones de reapertura ordenada y progresiva de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla, sin perjuicio de la posibilidad de modificar cualquiera de los artículos, antes de ese plazo, si las circunstancias variasen.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Prórroga de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
La disposición final única de la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, queda modificada como sigue:
«Esta orden surtirá efectos desde las 24:00 horas del 22 de julio de 2020 hasta las 24:00 horas del 15 de mayo de 2022, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito de la Unión Europea.»