
Medidas de protección infancia y adolescencia ucraniana no acompañada
La Ilma Fiscal Doña Marta Valcarce López, de la Fiscalía de Menores de la Audiencia Provincial de Sevilla, ha emitido un decreto complementario al anterior publicado recientemente en nuestro blog sobre el decreto sobre los menores de edad no acompañados que huyen de la guerra de Ucrania, como criterio de dicha Fiscalía sobre la adopción de medidas de protección de los menores ucranianos/as.
Resaltamos:
Librar oficio COMPLEMENTARO DEL DICTADO EL 9 DE MARZO al Servicio Público de Protección de Menores de Sevilla, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de Sevilla, Policía adscrita de la Junta de Andalucía en Sevilla, Diputación Provincial de Sevilla, para que lo haga llegar a todos los ayuntamientos, policías locales y servicios sociales de los municipios, al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, para que lo haga llegar a delegación provincial del SAS, y de educación, y a las ONG y entidades de trabajo con refugiados, ACNUR, CEPAIM, CRUZ ROJA, ACCEM, CEAR, de la provincia de Sevilla para poner en su conocimiento que, el mismo día que se proceda al registro efectivo de los menores no acompañados procedentes de Ucrania, en los términos expuestos en el decreto citado de 9 de marzo, conforme al Artículo 215 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, se facilite en la misma comparecencia en la sede policial, que los menores Ucranianos puedan pasar al grupo I de la UCRIF de Sevilla para que, en su nombre, puedan formular sus guardadores si lo desean la solicitud de protección temporal en los términos establecidos de la orden PCM/169/2022, de 9 de marzo conforme se prevé en el art. 2 .4 de la misma.