Certificados COVID expedidos por diversos países
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) de hoy publica varias decisiones relativas al establecimiento de equivalencia, a fin de facilitar el derecho a la libre circulación dentro de la Unión entre los certificados COVID expedidos por la República de Benín y el Reino Hachemí de Jordania y los expedidos de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/953, que pueden descargar a continuación:
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
A fin de facilitar el derecho a la libre circulación dentro de la Unión, los certificados COVID-19 de vacunación, de prueba diagnóstica y de recuperación expedidos por la República de Benín de conformidad con el sistema «COVID certificate system» se considerarán equivalentes a los expedidos de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/953.
Artículo 2
La República de Benín será conectada al marco de confianza para el certificado COVID digital de la UE establecido mediante el Reglamento (UE) 2021/953.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
A fin de facilitar el derecho a la libre circulación dentro de la Unión, los certificados COVID-19 de vacunación expedidos por el Reino Hachemí de Jordania de conformidad con el sistema «COVID-19 Vaccination Certificate» se considerarán equivalentes a los expedidos de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/953.
Artículo 2
El Reino Hachemí de Jordania estará conectado al marco de confianza para el certificado COVID digital de la UE establecido mediante el Reglamento (UE) 2021/953.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.