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Finalista Premio Corresponsables 2016 Fundación CORRESPONSABLES

Gestión colectiva de contrataciones en origen para 2022

31
Dic
2021
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba de publicar la Orden ISM/1485/2021, de 24 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2022, que pueden ver a continuación, así como la nota de prensa del Gabinete de Comunicación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sobre la misma.

Nota de prensa

  • El nuevo texto aprobado abre por primera vez la posibilidad de impulsar proyectos de migración circular en todos los sectores de actividad
  • Esta norma permite desarrollar proyectos de migración circular con terceros países y en sectores en los que existe demanda de mano de obra

– Orden ISM/1485/2021, de 24 de diciembre, por la que se regula la gestión colectiva de contrataciones en origen para 2022

CAPÍTULO I

Disposiciones generales relativas a la gestión de ofertas de empleo

Artículo 1. Características de las ofertas de empleo.

Artículo 2. Sujetos legitimados para solicitar la gestión de ofertas de empleo.

Artículo 3. Garantías para los trabajadores.

Artículo 4. Cumplimiento del compromiso de regreso.

Artículo 5. Causas de denegación de la gestión de ofertas de empleo y de exclusión de los trabajadores en el procedimiento de gestión colectiva de contrataciones en origen.

CAPÍTULO II

De la gestión de ofertas genéricas de empleo

Artículo 6. Presentación de solicitudes y órgano de tramitación de solicitudes de gestión de ofertas genéricas de empleo.

Artículo 7. Documentación que debe presentarse junto a la solicitud de gestión de ofertas genéricas de empleo.

Artículo 8. Tramitación de las solicitudes de gestión de ofertas genéricas de empleo.

Artículo 9. Selección de los trabajadores en el exterior.

Artículo 10. Procedimiento relativo a autorizaciones de residencia temporal y trabajo derivadas de la gestión de ofertas genéricas de empleo.

CAPÍTULO III

De la gestión de ofertas empleo de carácter nominativo

Artículo 11. Gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo.

Artículo 12. Modelos de solicitud y documentación para la gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo.

Artículo 13. Presentación de solicitudes y órgano de tramitación de solicitudes de gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo.

Artículo 14. Tramitación y resolución de las solicitudes de gestión de ofertas de empleo de carácter nominativo.

CAPÍTULO IV

De otros procedimientos de gestión de ofertas de temporada o campaña

Artículo 15. Procedimiento de gestión unificada de ofertas de temporada o campaña.

Artículo 16. Procedimiento de gestión concatenada de ofertas de temporada o campaña.

CAPÍTULO V

De los visados

Artículo 17. Visados y documentación.

CAPÍTULO VI

De la prórroga y modificación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo

Artículo 18. Prórroga de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo para actividades de obra o servicio o de temporada o campaña.

Artículo 19. Modificación de las autorizaciones de residencia temporal y trabajo para actividades de temporada o campaña.

CAPÍTULO VII

Del seguimiento de la orden de gestión colectiva

Artículo 20. Coordinación y seguimiento.

Disposición adicional primera. Régimen jurídico aplicable.

Disposición adicional segunda. Órganos competentes.

Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público.

Disposición final primera. Título competencial.

Disposición final segunda. Ejecución y desarrollo.

Disposición final tercera. Vigencia.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.

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