Asociación PROGESTIÓN
Finalista Premio Corresponsables 2016 Fundación CORRESPONSABLES

Notificaciones o comunicaciones Oficinas de Extranjería

15
Dic
2021
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Transcribimos importante aviso colgado en la Sede Electrónica de las Administraciones Públicas relativo a la disposición de las comunicaciones o notificaciones realizadas desde las distintas Oficinas de Extranjería en Carpeta Ciudadana o Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú), desde el 14 de diciembre de 2021:

¡Aviso Extranjería!

A partir del 14 de diciembre de 2021 las nuevas notificaciones o comunicaciones realizadas desde las diferentes Oficinas de Extranjería, así como las notificaciones que estuviesen pendientes de comparecencia, pasarán a estar disponibles en la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o en Carpeta Ciudadana. Si usted está interesado en acceder a alguna notificación que fue aceptada o rechazada con anterioridad, deberá de acceder a ella a través de esta sede electrónica.”

Consideramos importante recordar:

Artículo 41 Ley 39/2015 Condiciones generales para la práctica de las notificaciones.

  1. Con independencia de que la notificación se realice en papel o por medios electrónicos, las Administraciones Públicas enviarán un aviso al dispositivo electrónico y/o a la dirección de correo electrónico del interesado que éste haya comunicado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica de la Administración u Organismo correspondiente o en la dirección electrónica habilitada única. La falta de práctica de este aviso no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
  2. Cuando el interesado fuera notificado por distintos cauces, se tomará como fecha de notificación la de aquélla que se hubiera producido en primer lugar.

Artículo 43 Ley 39/2015. Práctica de las notificaciones a través de medios electrónicos.

  1. Las notificaciones por medios electrónicos se practicarán mediante comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas, según disponga cada Administración u Organismo.  A los efectos previstos en este artículo, se entiende por comparecencia en la sede electrónica, el acceso por el interesado o su representante debidamente identificado al contenido de la notificación.
  2. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o haya sido expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hayan transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

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