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Limitación vuelos entre ciertos países sur de África y aeropuertos españoles

El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy publica la Orden PCM/1400/2021, de 14 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2021, por el que se modifica y se prorroga el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre determinados países del sur de África y los aeropuertos españoles, añadiendo Malawi y Zambia entre los países a los que se aplican las limitaciones y prorrogando las mismas hasta las 24:00 horas del día 29 de diciembre de 2021 (hora peninsular).

Destacamos:

Primero. Modificación del apartado primero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre determinados países del sur de África y los aeropuertos españoles.

Se modifica el apartado primero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre determinados países del sur de África y los aeropuertos españoles, para añadir a la República de Malawi y a la República de Zambia entre los países a los que se aplican las limitaciones de vuelo allí reguladas, de tal forma que quedan incluidos los siguientes países: la República de Botsuana, el Reino de Eswatini, el Reino de Lesotho, la República de Malawi, la República de Mozambique, la República de Namibia, la República de Sudáfrica, la República de Zambia y la República de Zimbabue.

Segundo. Prórroga del Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021.

Se prorroga el ámbito temporal de las previsiones contenidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2021, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por la COVID-19, mediante la limitación de los vuelos entre determinados países del sur de África y los aeropuertos españoles, desde las 00:00 horas del 16 de diciembre de 2021 (hora peninsular) hasta las 24:00 horas del día 29 de diciembre de 2021 (hora peninsular).

Tercero. Habilitación.

El Ministerio de Sanidad podrá levantar, con carácter general, las limitaciones previstas en este acuerdo, en cualquier momento con anterioridad a la finalización de la prórroga, por razones justificadas.

(…)

Quinto. Eficacia.

Este acuerdo surtirá efectos una vez publicado en el «Boletín Oficial del Estado».

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