
Violencia de género
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado entre ayer y hoy ciertos documentos sobre protección y asistencia a las víctimas de violencia de género así como Medidas Urgentes del Plan de Mejora y Modernización contra la Violencia de Género, que pueden descargar a continuación:
Catálogo de Medidas Urgentes del Plan de Mejora y Modernización contra la Violencia de Género
Prevención y sensibilización
Objetivo: Mejorar la información y la concienciación de las víctimas y de su entorno cercano, de modo que cualquier ciudadano o ciudadana se convierta en agente de cambio y pueda dar una primera respuesta en la cadena de apoyo y atención a las víctimas.
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Detección temprana
Objetivo: Consolidar los servicios públicos de proximidad como puertas de entrada fundamentales para la detección temprana, con especial atención a los centros de salud, a los servicios sociales, a los servicios especializados y al ámbito educativo.
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Autonomía económica y vivienda para las víctimas
Objetivo: Fortalecer el acceso cercano a las medidas de autonomía económica y el acceso a la vivienda de las víctimas y de sus hijos e hijas, con independencia de la denuncia, así como la reparación material a familiares directos de las víctimas de feminicidio.
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Medidas frente a la violencia vicaria y para la protección de niños y niñas como víctimas directas de la violencia de género
Objetivo: Mejorar la protección y seguridad de los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia de género como víctimas directas, impulsando la puesta en práctica de las medidas sobre esta materia contenidas en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia ya la adolescencia frente a la violencia y en la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, a través, entre otras medidas, de la elaboración de un instrumento de determinación del interés superior del menor y del derecho a ser escuchado.
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Protección y seguridad
Objetivo: Reforzar la protección y la seguridad de las víctimas de violencia de género y de sus hijos e hijas, incluidas además de las que interponen denuncia, las mujeres que, a pesar de encontrarse en situación de riesgo, no denuncian, así como aquellas que renuncian a continuar con el procedimiento penal para lograr una malla de protección aún más eficaz, conectando a los servicios sociales y de atención especializada, apoyados por el sistema Atenpro y las fuerzas policiales.
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Coordinación interinstitucional y formación.
Objetivo: Mejorar la respuesta multiagencia e interinstitucional para garantizar y proteger los derechos de las mujeres víctimas de violencia de género y de sus hijos e hijas, según el enfoque y los estándares establecidos en el Convenio de Estambul.
– Real Decreto-ley 16/2021, de 3 de agosto, por el que se adoptan medidas de protección social para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, del que destacamos, entre otras medidas:
CAPÍTULO III
Medidas extraordinarias en materia de Violencia de Género
Artículo cuarto. Prórroga de la consideración como esenciales de los servicios de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género.
1. A los efectos de lo previsto en la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género, se prorroga hasta el 31 de octubre de 2021 la consideración como esenciales de los servicios establecidos en sus artículos 2 a 5.
2. A estos efectos, las administraciones públicas competentes adoptarán las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios que les son propios.
3. La misma exigencia será aplicable a aquellas empresas y proveedores que resulten esenciales para la prestación de los citados servicios.
(…)
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Este real decreto-ley entrará en vigor el mismo día* de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
* Publicado el 04/08/2021
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