
Gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación por COVID19
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy publica la Resolución de 9 de julio de 2020, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se publican las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19, con material de orientación, formatos informativos, formulario de salud pública, entre otros, de la que destacamos:
Primero. Objeto.
La adopción de:
− Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación en relación a la pandemia COVID-19, descritas en el anexo I a esta resolución. Estas incluyen directrices de carácter obligatorio y recomendado; y
− la declaración de cumplimiento de las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación en relación a la pandemia COVID-19, según anexo II.
Segundo. Ámbito.
Esta resolución es aplicable a los gestores de los aeropuertos situados en el territorio nacional; las compañías aéreas que operen en dichos aeropuertos, incluidas las que realicen operaciones de aerotaxi, y quienes realicen operaciones de aviación general; los pasajeros que transiten por estas infraestructuras; y las empresas que desarrollen servicios auxiliares en el aeropuerto así como, en general, todo el personal que intervenga en la realización de las operaciones aéreas en orden a minimizar el riesgo de contagio del SARS-Cov-2 en el transporte aéreo.
Tercero. Efectos.
Esta resolución producirá efectos al día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El personal incluido en el ámbito de aplicación de esta resolución deberá:
− Cumplir lo previsto en su anexo I desde la fecha en la que la resolución produzca efectos; y
− remitir a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea en el plazo máximo de los diez días naturales siguientes a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» la declaración de cumplimiento que se recoge en el anexo II.
Cuarto. Modificación de las Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación con relación a la pandemia COVID-19.
El Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo adoptará las modificaciones de la directrices operativas atendiendo a la naturaleza, dificultad y medios necesarios para su implementación, así como el plazo máximo en que los sujetos obligados por ellas están obligados a su cumplimiento.
(…)
ANEXO I
Directrices operativas para la gestión de pasajeros aéreos y personal de aviación en relación a la pandemia COVID-19ÍNDICE
ANTECEDENTES .
CONSIDERACIONES GENERALES .
NORMAS DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO.
1) OBLIGACIONES DE LOS GESTORES AEROPORTUARIOS.
a) En relación con el acceso a los edificios terminales:.
b) En relación con la instalación de dispositivos de protección, limpieza e higiene y otras medidas en la infraestructura:.
c) En relación con el distanciamiento de pasajeros y otro personal que presta servicios en los terminales aeroportuarios:
d) En relación con la información suministrada a los pasajeros y personal que presta servicio en los aeropuertos:
e) En relación con la coordinación y el establecimiento de procedimientos con otros agentes:
f) En relación a la aplicación de medidas alternativas de cumplimiento.
2) OBLIGACIONES PARA LAS COMPAÑÍAS AÉREAS Y OTROS OPERADORES DE AERONAVES .
a) En relación con la instalación de dispositivos de protección, limpieza e higiene y otras medidas a bordo:
b) En relación con el tratamiento de los pasajeros:
c) En relación con la información suministrada a los pasajeros y personal que presta servicio a bordo:
d) En relación con la coordinación y procedimientos:ANEXO 1: MATERIAL DE ORIENTACIÓN .
PRINCIPIOS GENERALES .
1) GESTIÓN DE PASAJEROS .
EN TODO MOMENTO .
ANTES DE LLEGAR AL AEROPUERTO.
CONSIDERACIONES PARA LA GESTIÓN DE PASAJEROS EN EL AEROPUERTO .
GESTIÓN DE PASAJEROS A BORDO DE LA AERONAVE.
GESTIÓN DE PASAJEROS A BORDO CON SÍNTOMAS COMPATIBLES CON COVID‐19 .
GESTIÓN DE PASAJEROS DE LLEGADA Y EN TRÁNSITO .
2) GESTIÓN DE MIEMBROS DEL PERSONAL DE AVIACIÓN.
ANEXO 2: MODELO DE DECLARACIÓN COVID‐19 .
ANEXO 3: FORMULARIO DE SALUD PÚBLICA PARA LOCALIZAR PASAJEROS.
ANEXO 4: FORMATOS INFORMATIVOS.