
Prórroga controles fronteras interiores con Portugal hasta 24:00 horas del 30 de junio
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de hoy publica la Orden INT/550/2020, de 21 de junio, por la que se prorrogan los controles en las fronteras interiores con Portugal temporalmente restablecidos con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de la que destacamos:
[jetpack-related-posts]La finalización del estado de alarma conlleva la libertad de movimientos dentro del territorio nacional. Esta es la condición previa para permitir la entrada desde el resto del espacio Schengen.
Se han llevado a cabo consultas con los Estados miembros vecinos, teniendo en cuenta la necesaria bilateralidad de las medidas que se adopten. Como resultado de estas consultas se considera conveniente mantener los controles en las fronteras interiores con Portugal durante un tiempo prudencial adicional.
(…)
Artículo único. Prórroga de los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores con Portugal.
1. Se prorrogan los controles restablecidos temporalmente en las fronteras interiores con Portugal, desde las 00:00 horas del 21 de junio hasta las 24:00 horas del 30 de junio.
2. Solo se permitirá la entrada en el territorio nacional a través de las fronteras interiores citadas en el párrafo anterior a las siguientes personas:
a) Ciudadanos españoles.
b) Residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual.
c) Residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia.
d) Quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente.
e) Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
f) El personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales.
(…)
Disposición final segunda. Efectos.
Esta orden surtirá efectos desde las 00:00 horas del 21 de junio hasta las 24:00 horas del 30 de junio de 2020.