
Prórroga vigencia documentación acreditativa solicitante protección internacional
La Dirección General de la Policía acaba de publicar un documento emitido por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras sobre la Prórroga de vigencia de la documentación acreditativa de solicitante de protección internacional, relacionado con el publicado recientemente sobre las medidas relativas a la suspensión de plazos en los procedimientos policiales de extranjería por aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Prórroga de vigencia de la documentación acreditativa de solicitante de protección internacional.
En el marco del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, ante la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, se adoptó, entre otras medidas, la suspensión durante la vigencia del estado de alarma de los términos de caducidad de los documentos expedidos en el marco del procedimiento de solicitud de asilo o protección subsidiaria tales como la manifestación de voluntad de presentar solicitud de protección internacional, el resguardo de presentación de solicitud de protección internacional y el documento acreditativo de la condición de solicitante de protección internacional.
Con el objeto de evitar un estado de indefensión hacia aquellos solicitantes de protección internacional a los que les hubiera caducado con anterioridad al 14 de marzo su documento acreditativo de la condición de solicitante (tarjeta roja) y que les haya sido imposible su renovación, se ha dispuesto adoptar la siguiente medida:
UNICA.- Todos aquellos documentos acreditativos de condición de solicitante de protección internacional (tarjeta roja), que hayan caducado con anterioridad al 14 de marzo del 2020, y siempre que no se hubiese notificado la resolución del expediente, verán automáticamente prorrogada su validez durante el periodo de vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, debiendo de disponer su titular, en los casos en los que el documento hubiera caducado con anterioridad al 1 de enero de 2020, de cita otorgada para su renovación.
Madrid, 8 de abril de 2020.
* Información obtenida a través del portal web de la Dirección General de la Policía.
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