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Autorizaciones de trabajo en estado de alarma. Cataluña

28
Mar
2020
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La Generalitat de Catalunya ha publicado sendas notas informativas sobre las autorizaciones de trabajo en el estado de alarma así como las vinculadas a la prestación de servicios médicos o de enfermería, que pueden descargar a continuación:

Destacamos:

Casuística sobrevenida en relación a las autorizaciones de trabajo

Profesionales extranjeros que tenían previsión de una estancia corta, que no han tramitado anteriormente ningún tipo de autorización, y que actualmente aceptarían un contrato laboral.

• Profesionales con autorización de estancia por estudios en vigor a 14 de marzo (con independencia de cuál sea la fecha de caducidad), con título de licenciatura o grado en medicina o enfermería homologado.

• Profesionales con autorización de estancia por estudios en vigor a 14 de marzo (con independencia de cuál sea la fecha de caducidad), con título de licenciatura o grado en medicina o enfermería en su país de origen pero no
homologado.

• Estudiantes de grado (último curso) de medicina y enfermería, con autorización de estancia por estudios en vigor el 14 de marzo.

Especificidades temporales en el procedimiento, en tanto esté vigente el estado de alarma.

• Presentación del expediente

• Composición documental del expediente

• Notificación de requerimientos

• Notificación de Resoluciones

Resaltamos:

Interrupción del cómputo de plazos.

Desde el día 14 de marzo se han interrumpido todos los cómputos de plazos de los procedimientos del ámbito de extranjería.

El cómputo se retomará en el momento que pierda vigencia el estado de alarma.

Esta interrupción afecta, entre otros, a:

• Los plazos de que se dispone para solicitar las autorizaciones (plazos que se contabilizan basándose en la finalización de las autorizaciones vigentes).

• Los plazos de presentación de recursos administrativos o contencioso–administrativos contra las resoluciones que ya se han notificado o se notifiquen (plazos que se contabilizan a partir de la fecha de notificación).

En relación con las Autorizaciones de Trabajo vinculadas a la prestación de servicios médicos o de enfermería

(…) se han identificado como procedimientos esenciales los que están vinculados a la resolución de autorizaciones de trabajo para personal médico o de enfermería de nacionalidad extracomunitaria.

La unidad responsable de tramitar estos procedimientos los resolverá de la manera más ágil posible, aplicando recursos telemáticos o a través de la gestión presencial de su personal.

A estos efectos se ha intensificado la coordinación y la colaboración con las Subdelegaciones del Gobierno y las Oficinas de Extranjería, en cuanto que la competencia en esta materia es compartida con la Administración del Estado, para garantizar la máxima eficacia y eficiencia en la gestión de estos procedimientos.

Para atender dudas o consultas, relacionadas prioritariamente con autorizaciones vinculadas al sector sanitario, se mantiene operativo el Buzón de contacto de Extranjería (el título de la consulta debe ser «CONSULTA PERSONAL SANITARIO«).

Interrupció del còmput de terminis.

Des del dia 14 de març, s’han interromput tots els còmputs de terminis dels procediments d’estrangeria.

El còmput es reprendrà en el moment que perdi vigència l’estat d’alarma.

Aquesta interrupció afecta, entre d’altres, a:

• Els terminis de què es disposa per sol·licitar les autoritzacions (terminis que es comptabilitzen en base a la finalització de les autoritzacions vigents).

• Els terminis de presentació de recursos administratius o contenciosos administratius contra les resolucions que ja s’han notificat o es notifiquin (terminis que es comptabilitzen a partir de la data de notificació).

En relació amb les Autoritzacions de Treball vinculades a la prestació de serveis mèdics o d’infermeria

(…) s’han identificat com a procediments essencials els que estan vinculats a la resolució d’autoritzacions de treball per a personal mèdic o d’infermeria de nacionalitat extracomunitària.

La unitat responsable de tramitar aquests procediments els resoldrà de la manera més àgil possible, ja sigui aplicant recursos telemàtics o a través de la gestió presencial del seu personal.

A aquests efectes s’ha intensificat la coordinació i la col·laboració amb les Subdelegacions del Govern i les Oficines d’Estrangeria, en tant que la competència en aquesta matèria és compartida amb l’Administració de l’Estat, per tal de garantir la màxima eficàcia i eficiència en la gestió d’aquests procediments.

Per atendre dubtes o consultes, relacionades prioritàriament amb autoritzacions vinculades al sector sanitari, es manté operativa la Bústia de contacte d’Estrangeria (el títol de la consulta ha de ser “CONSULTA PERSONAL SANITARI”).

* Información obtenida a través de la Generalitat de Catalunya (Departament Treball, Afers Socials i Famílies).

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