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Sentencia TJUE sobre reagrupación familiar

 

El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado recientemente una sentencia en relación a la petición de decisión prejudicial (asunto C-706/18) relativa a la solicitud de reagrupación familiar y las consecuencias del incumplimiento del plazo para adoptar una decisión, de la que transcribimos el fallo de la misma:

Fallo

La Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional en virtud de la cual, cuando no se haya adoptado una resolución una vez transcurrido un plazo de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la solicitud de reagrupación familiar, las autoridades nacionales competentes deberán expedir de oficio un permiso de residencia al solicitante sin estar necesariamente obligadas a comprobar previamente que este reúne efectivamente los requisitos para residir en el Estado miembro de acogida de conformidad con el Derecho de la Unión.

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