
Planteamiento de cuestiones prejudiciales
El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) ha publicado las Recomendaciones a los órganos jurisdiccionales nacionales, relativas al planteamiento de cuestiones prejudiciales. Destacamos:
[jetpack-related-posts]Las presentes recomendaciones, cuyos destinatarios son los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros de la Unión, son el reflejo de las disposiciones del título tercero del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia. (1) En ellas se recuerdan las características esenciales del procedimiento prejudicial y los elementos que los órganos jurisdiccionales nacionales han de tener en cuenta antes de plantear cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia, al mismo tiempo que se facilitan a aquellos órganos jurisdiccionales indicaciones prácticas sobre la forma y el contenido de las peticiones de decisión prejudicial. En efecto, habida cuenta de que las peticiones de decisión prejudicial han de notificarse necesariamente, previa la correspondiente traducción, a todos los interesados mencionados en el artículo 23 del Protocolo sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y de que las resoluciones del Tribunal de Justicia que ponen fin al procedimiento prejudicial deben publicarse en todas las lenguas oficiales de la Unión Europea, es menester prestar la máxima atención a la presentación de las peticiones de decisión prejudicial y, en particular, a la protección de los datos de carácter personal que contienen.
(…)
I. Disposiciones aplicables a todas las peticiones de decisión prejudicial
Autor de la petición de decisión prejudicial
Objeto y alcance de la petición de decisión prejudicial
Momento oportuno para plantear una petición de decisión prejudicial
Forma y contenido de la petición de decisión prejudicial
Protección de los datos de carácter personal y anonimización de la petición de decisión prejudicial
Transmisión al Tribunal de Justicia de la petición de decisión prejudicial y de los autos del procedimiento nacional
Interacción entre la remisión prejudicial y el procedimiento nacional
Costas y asistencia jurídica gratuita
Desarrollo del procedimiento ante el Tribunal de Justicia y aplicación por el órgano jurisdiccional remitente de la resolución que adopte dicho Tribunal sobre la cuestión prejudicial
II. Disposiciones aplicables a las peticiones de decisión prejudicial que exigen una especial celeridad
Requisitos para la aplicación del procedimiento acelerado y del procedimiento de urgencia
Solicitud de aplicación del procedimiento acelerado o del procedimiento de urgencia
Comunicación entre el Tribunal de Justicia, el órgano jurisdiccional remitente y las partes del litigio principal
Anexo — Elementos esenciales de una petición de decisión prejudicial




