Asociación PROGESTIÓN
Finalista Premio Corresponsables 2016 Fundación CORRESPONSABLES

Mujeres extranjeras víctimas de violencia de género

1
Jun
2019
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La Secretaría de Estado de Seguridad ha dictado recientemente la Instrucción 7/2019, de 20 de mayo, sobre incorporación en los atestados por violencia de género de diligencia de situación administrativa de la víctima extranjera en situación irregular, de la que destacamos:

PRIMERA. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

La presente Instrucción tiene por objeto establecer el procedimiento a seguir por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para dar cumplimiento a las previsiones del artículo 131 del Real Decreto 557/2011, conforme a las normas impartidas al efecto por la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer, al objeto de facilitar que se informe a la víctima de violencia de género del derecho a solicitar autorización de residencia temporal y trabajo, a su favor, así como a favor de sus hijos menores o con discapacidad, en los términos que establece el artículo 134 del citado real Decreto. 

SEGUNDA. CONSULTA SOBRE LA SITUACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA VÍCTIMA EXTRANJERA
En todos los atestados policiales que se instruyan por violencia de género, en los que se ponga de manifiesto que la víctima es una mujer extranjera en situación irregular,  debe quedar perfectamente reflejado en el mismo, mediante la oportuna diligencia, la situación administrativa de la víctima.
(…)

SÉPTIMA. PUBLICACIÓN Y EFECTOS
(…)
El sistema de consulta automatizada a través del sistema VIOGEN de la situación administrativa de la mujer extranjera víctima de violencia de género deberá implementarse a la mayor brevedad posible y, en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2019.

* Instrucción obtenida a través del portal web migrarconderechos.

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