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Ciudadanos comunitarios

29
Mar
2019
0

 

Transcribimos nota informativa sobre ciudadanos comunitarios entregada en el SACE (servicio de Atención al Ciudadano Extranjero) de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras sita en la Avenida de los Poblados s/n de Madrid, así como listado con documentación necesaria.

NOTA INFORMATIVA SOBRE CIUDADANOS COMUNITARIOS

Los ciudadanos comunitarios no precisan de ninguna autorización de residencia y/o trabajo. Dicha condición les permite trabajar y residir desde el primer día en las mismas condiciones que los ciudadanos españoles. Una vez se encuentre trabajando con un contrato y de alta en la Seguridad Social (que lo hará aportando su pasaporte o documento de identidad), deberá acudir con cita previa a la Oficina de Extranjería sita en la Calle Padre Piquer n° 18 de Madrid, para solicitar el Certificado de Residente Comunitario.

Para más información, puede consultar el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

 

CERTIFICADOS UE

Sólo se atenderá a una persona por cita solicitada. (Obligatorio)

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

1.- Solicitud en modelo oficial gratuito EX-18, original y fotocopia.

2.- Justificante de la cita pedida en la dirección web indicada más abajo.

3.- Pasaporte en vigor o Documento Nacional de Identidad de un país de la UE (original y fotocopia)

4.- Documentación que acredite:

– Ser trabajador por cuenta ajena, contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo, y documento de reconocimiento de alta o situación asimilada al alta en el Régimen correspondiente de Seguridad Social. Dicho contrato deberá tener una duración de más de 3 meses y reflejar el salario que se percibirá. Original y fotocopia.

– Ser trabajador por cuenta propia, inscripción en el registro mercantil o documento de alta o situación asimilada al alta en el Régimen correspondiente de Seguridad Social. Facturas o demostración de la actividad económica de la empresa. Original y fotocopia.

– Ser estudiante, seguro de enfermedad, así como documentación de que acredita recursos suficientes para él y sus familiares en el período de residencia en España o aportación de una declaración responsable en ese sentido, y también matrícula del centro de enseñanza público o privado, justificando su estancia por un tiempo superior a 3 meses, reconocido o financiado por la Administración educativa competente. Se considera suficiente la presentación de documentación acreditativa de participar en un programa de la Unión Europea que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores. Original y fotocopia.

– Tener medios económicos, documentación que acredite recursos para él y sus familiares en el período de residencia en España y, además, contar con un seguro de enfermedad, mínimo de coberturas: Urgencias, Hospitalización, copago <=10 €, carencias máximas 6 meses para los requisitos citados anteriormente. Original y fotocopia.

4.- En caso de MENORES de edad, certificado de nacimiento y pasaporte o Documento Nacional de Identidad del padre y la madre y certificado UE. Los menores deberán acudir siempre para obtener el Certificado UE acompañados del padre y la madre. En caso de no acudir algún progenitor, será necesario consentimiento expreso de quienes tengan atribuida la patria potestad o tutela. Original y fotocopia.

5.- Tasa modelo 790 (Cod.12) 12 € abonada en cualquier entidad bancaria. El impreso puede descargarse desde          

https://sede.policia.gob.es:38089/Tasa790_012/

Cita previa> https://sede.administracionespublicas.gob.es/

Procedimientos > Extranjería > Cita Previa Extranjería > Acceder al procedimiento > Madrid > Certificados UE

Avda. Padre Piquer nº 18 (Metro Campamento o Empalme)

Recordamos la página donde solicitar cita previa para trámites de extranjería.

Les recordamos el enlace a la hoja informativa de la Secretaría de Estado de Migraciones (con contenido meramente orientativo) sobre el trámite de “Certificado de registro de ciudadano de la Unión“.

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