
Servicio del hogar familiar y tabla salarial empleados/as de hogar 2019
Se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y el empleado que, dependientemente y por cuenta de aquel, presta servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar.
Actividades incluidas:
❱ Tareas domésticas.
❱ Cuidado o atención de los miembros de la familia.
❱ Otros trabajos tales como guardería, jardinería, conducción de vehículos, cuando formen parte del conjunto de tareas domésticas.Actividades excluidas:
❱ Relaciones concertadas por personas jurídicas, de carácter civil o mercantil.
❱ Relaciones concertadas a través de empresas de trabajo temporal.
❱ Relaciones de cuidadores profesionales contratados por instituciones públicas o por entidades privadas.
❱ Relaciones de cuidadores no profesionales en atención a personas en situación de dependencia en su domicilio.
❱ Relaciones concertadas entre familiares.
❱ Trabajo a título de amistad, benevolencia o buena vecindad.
❱ Servicios de cuidado o atención de los miembros de la familia de carácter marginal a cambio de comidas, alojamiento o simples compensaciones de gastos.
❱ Servicios domésticos compartidos con otros ajenos al hogar familiar en actividades o empresas del empleador
Pueden ampliar información sobre la forma, duración o extinción del contrato, los elementos esenciales del mismo; la retribución; jornada, vacaciones y permisos; la afiliación a la Seguridad Social (altas y bajas); la cotización e incentivos en la cotización; acción protectora o normativa básica en el folleto del Ministerio Trabajo, Migraciones y Seguridad Social con “Información básica sobre el servicio del hogar familiar 2019”.
* Información obtenida a través de la página web del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Asimismo les mostramos la Tabla salarial 2019 para servicios prestados en el hogar familiar (recomendada) elaborada en Valladolid por diversas organizaciones sociales.
* Tabla salarial con RECOMENDACIONES en relación al salario y condiciones de contratación de personas para el hogar, basado en el RD 1620/2011 de 17 de noviembre, y teniendo en cuenta las modificaciones en el Salario Mínimo Interprofesional publicadas en el BOE el 27 de diciembre de 2018, obtenida a través de la página web de Cáritas diocesana de Valladolid.