
Estrategia de Seguridad Nacional y Comité Especializado de Inmigración
– Real Decreto 1008/2017, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2017. (Publicado en el BOE en fecha 21/12/2017)
Artículo único. Aprobación de la Estrategia de Seguridad Nacional 2017. Se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2017, la cual se configura como el marco político estratégico de referencia de la Política de Seguridad Nacional, y cuyo texto se incluye a continuación, y que sustituye en su totalidad a la Estrategia de Seguridad Nacional 2013.
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Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo reglamentario. Se autoriza al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este real decreto.Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Capítulo 4: Amenazas y desafíos para la Seguridad Nacional
Desafíos
• Flujos migratorios irregulares (…)
Capítulo 5: Objetivos generales y líneas de acción de la Seguridad Nacional
– Objetivos y líneas de acción estratégicas para los ámbitos de la Seguridad Nacional
• Ordenación de flujos migratorios
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Esta misma aproximación integral debe aplicarse frente a otros retos como los flujos migratorios irregulares. Dicha perspectiva aboga por la preservación de la dimensión humana, la cooperación con los países de origen y tránsito, el tratamiento de las causas de la migración, la mejora de los canales de migración legal, la protección de los migrantes, la lucha contra la explotación y el tráfico de personas y la cooperación en materia de retorno y readmisión. Por otro lado, merecen especial consideración y protección asistencial los refugiados y solicitantes de asilo.
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Flujos migratorios irregulares
Europa y el mundo en su conjunto viven una de las mayores crisis migratorias registradas desde la Segunda Guerra Mundial. En este drama humano confluyen causas inmediatas como el aumento de los conflictos y la inestabilidad regional, lo que ha elevado exponencialmente el número de afectados; y tendencias de fondo como la migración por motivos económicos o relacionada con factores medioambientales. Los desplazamientos forzosos probablemente continúen siendo una constante los próximos años, a menudo sin soluciones inmediatas y duraderas, y con capacidad de afectar la estabilidad y cohesión político-social de los países de acogida.
España, por su posición geoestratégica, está especialmente expuesta a este desafío. Tras varios años de disminución de las cifras de inmigrantes irregulares llegados al territorio nacional, en gran medida debido a la crisis económica, la tendencia vuelve a ser de incremento. Este desafío debe por ello seguir siendo un elemento permanente de atención y de gestión junto con los esfuerzos en proteger los Derechos Humanos de aquellos que se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad.
La integración de los inmigrantes en la sociedad y cultura españolas contribuye a la prosperidad de España y su diversidad, siempre desde el respeto a los valores, la libertad y el modo de vida de los ciudadanos.
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Objetivos y líneas de acción estratégicas para los ámbitos de la Seguridad Nacional
Ordenación de flujos migratorios
Prevenir, controlar y ordenar los flujos migratorios irregulares en las fronteras, así como garantizar una adecuada acogida e integración de los inmigrantes y solicitantes o beneficiarios de protección internacional.
– Fomentar la colaboración entre las Administraciones Públicas y, en su caso, con las organizaciones no gubernamentales y el sector privado, con el objetivo de prevenir los riesgos asociados a la inmigración irregular.
– Vigilar y controlar los accesos a las fronteras exteriores españolas en el marco del Sistema Integrado de Gestión de las Fronteras Exteriores de la UE.
– Defender la legalidad y preservar la seguridad ciudadana, mediante la lucha contra la discriminación y la promoción de la integración social y, en concreto:
• Adaptar de forma progresiva el modelo de integración en sus diferentes ámbitos de proyección.
• Luchar contra la discriminación y garantizar el principio de igualdad, con especial atención a los colectivos más vulnerables.
• Proporcionar una adecuada acogida, asistencia y protección de los solicitantes y beneficiarios de protección internacional, en cumplimiento de la normativa aplicable.
– Promover la conformación de una política migratoria y de asilo común en la UE y dar cumplimiento adecuado a los compromisos asumidos.
– Cooperar con los países de origen y tránsito migratorio para favorecer su desarrollo, fomentar vías de inmigración legal, prevenir en origen la inmigración irregular y luchar contra las redes de inmigración y el tráfico ilícito de personas.
– Orden PRA/31/2018, de 22 de enero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional, por el que se regula el Comité Especializado de Inmigración. (Publicada en el BOE en fecha 23/01/2018)
Segundo. Este Acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la página web del Departamento de Seguridad Nacional www.dsn.gob.es y en las sedes electrónicas de los órganos y organismos a los que sea de aplicación y producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
ANEXO
Acuerdo por el que se regula el Comité Especializado de Inmigración
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Cuarto. Funciones específicas.
El Comité ejercerá las siguientes funciones:
1. Proponer al Consejo de Seguridad Nacional las directrices en materia de planificación y coordinación de la política de Seguridad Nacional relacionadas con la ordenación de flujos migratorios.
2. Contribuir a reforzar el adecuado funcionamiento del Sistema de Seguridad Nacional en el ámbito de la ordenación de flujos migratorios, cuya supervisión y coordinación corresponde al Consejo de Seguridad Nacional.
3. Apoyar al Consejo de Seguridad Nacional en su función de verificar el grado de cumplimiento de la Estrategia de Seguridad Nacional y proponer, en su caso, su revisión, en lo relacionado con la ordenación de flujos migratorios.
4. Elevar propuesta al Consejo de Seguridad Nacional para, en su caso, impulsar la elaboración de una Estrategia de segundo nivel en el ámbito de la ordenación de flujos migratorios.
5. Contribuir a la elaboración de propuestas normativas para el fortalecimiento del Sistema de Seguridad Nacional en el ámbito de la ordenación de flujos migratorios.
6. Apoyar la toma de decisiones del Consejo de Seguridad Nacional en las materias propias del ámbito de la ordenación de flujos migratorios, mediante el análisis, estudio y propuesta de iniciativas tanto en el ámbito nacional como en el internacional.
7. Reforzar las relaciones con las Administraciones Públicas concernidas en el ámbito de la ordenación de flujos migratorios, así como la coordinación, colaboración y cooperación entre los sectores público y privado.
8. Realizar en apoyo del Comité Especializado de Situación la valoración de los riesgos y amenazas, analizar los posibles escenarios de crisis, en especial de aquellos susceptibles de derivar en una situación de interés para la Seguridad Nacional, en el ámbito de la ordenación de flujos migratorios, y evaluar los resultados de su ejecución, todo ello en coordinación con los órganos y autoridades directamente competentes y con el Comité Especializado de Situación.
9. Contribuir a la organización de la contribución de recursos a la Seguridad Nacional de responsabilidad del Consejo de Seguridad Nacional en el ámbito de la ordenación de flujos migratorios.
10. Aprobar sus propias normas de régimen interno y de funcionamiento.
11. Todas aquellas otras funciones que le atribuya el ordenamiento jurídico o que le encomiende el Consejo de Seguridad Nacional.
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