Acuerdos España-Argentina en educación y cooperación cultural
ARTÍCULO VIII
Efectos del reconocimiento
El reconocimiento de estudios, títulos y certificados en virtud del presente Acuerdo producirá los efectos académicos y profesionales que cada Parte confiera a sus propios estudios, títulos y certificados oficiales, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos no académicos exigidos por las legislaciones respectivas para el ejercicio legal de las profesiones. Tales requisitos en ningún caso podrán suponer discriminación por razón de la nacionalidad o del país de expedición del título o certificado.
(…)
El presente Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 23 de febrero de 2017 de conformidad con lo dispuesto en su artículo XII.
Aplicación provisional del Convenio de cooperación cultural entre el Reino de España y la República Argentina, hecho en Madrid el 23 de febrero de 2017. (Publicado en el BOE en fecha 14/03/2017)
El presente Convenio se aplica provisionalmente desde el 23 de febrero de 2017 de conformidad con lo dispuesto en su artículo XX.
Aplicación provisional del Convenio de cooperación educativa entre el Reino de España y la República Argentina, hecho en Madrid el 23 de febrero de 2017. (Publicado en el BOE en fecha 14/03/2017)
[jetpack-related-posts]ARTÍCULO V
Reconocimiento de estudios y títulos
En materia de reconocimiento de títulos académicos y estudios, las Partes se regirán por dos acuerdos específicos, uno para el nivel universitario y otro para los niveles de Educación Primaria, Secundaria Obligatoria, Post Obligatoria y Educación Superior no Universitaria del Reino de España, y de Educación Primaria, Secundaria, en todas sus modalidades y orientaciones, y la Educación Superior (a excepción de la Educación Universitaria) de la República Argentina, o sus denominaciones equivalentes.
(…)
El presente Convenio se aplica provisionalmente desde el 23 de febrero de 2017 de conformidad con lo dispuesto en su artículo XI.