Asociación PROGESTIÓN

Podréis encontrarnos ahora en infoExtranjeria.org. Seguirá siendo gestionado por la Asociación Progestión (Asociación para la promoción y gestión de servicios sociales generales y especializados) pero ahora pasa a llamarse InfoExtranjeria.

Ir a InfoExtranjería
Finalista Premio Corresponsables 2016 Fundación CORRESPONSABLES

Suspensión temporal de la exención de la obligación de visado

Reglamento (UE) 2017/371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 1 de marzo de 2017, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.° 539/2001 del Consejo por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación (revisión del mecanismo de suspensión). (Publicado en el DOUE en fecha 08/03/2017)

El artículo 1 bis se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 1 bis

1.   No obstante lo dispuesto en el artículo 1, apartado 2, la exención de la obligación de visado a los nacionales de un tercer país incluido en la lista del anexo II se suspenderá temporalmente, sobre la base de datos pertinentes y objetivos, de conformidad con el presente artículo.

(…)

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados.

[jetpack-related-posts]

Supresión Agencia Consular Honoraria en Canals (Argentina)

marzo 9, 2017

Exención obligación de visado para el cruce de fronteras: Georgia