
Documento de viaje europeo para retorno

REGLAMENTO (UE) 2016/1953 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 26 de octubre de 2016, relativo al establecimiento de un documento de viaje europeo para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular y por el que se deroga la Recomendación del Consejo de 30 de noviembre de 1994. (Publicado en el DOUE en fecha 17/11/2016)
[jetpack-related-posts]El presente Reglamento debe armonizar únicamente el formato, las características de seguridad y las especificaciones técnicas del documento de viaje europeo para el retorno, sin armonizar las normas relativas a su expedición.
(…)
Artículo 9 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 8 de abril de 2017.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros de conformidad con los Tratados.