
Acuerdo de colaboración puesta en marcha procedimientos nacionalidad

Resaltamos (la negrita y subrayado son nuestros):
[jetpack-related-posts]CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio y compromisos de las partes.
El objeto del presente Convenio es establecer, conforme a lo dispuesto en las disposiciones finales séptima y décima de la Ley 19/2015, de 13 de julio, de medidas de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, el marco de colaboración entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Justicia, para la implantación de los citados procedimientos para la obtención de la nacionalidad española. En particular, se pretende la reutilización de los trabajos de desarrollo ya realizados en la aplicación de extranjería creada por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, a fin de disponer de un sistema que dé soporte a la tramitación de expedientes de nacionalidad española.
Segunda. Compromisos del Ministerio de Justicia.
Como consecuencia del deber del Ministerio de Justicia de sufragar los aplicativos informáticos necesarios para la gestión de los procedimientos de nacionalidad, de los que es responsable, el Ministerio de Justicia financiará, mediante el instrumento jurídico que corresponda, los costes de adaptación de la aplicación informática de extranjería gestionada por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y por la Secretaría General de Inmigración y Emigración, para gestionar los procedimientos de extranjería, a los nuevos procedimientos de nacionalidad española; así como se compromete a asumir los costes de mantenimiento que estos módulos adicionales conlleven. La adaptación implicará el desarrollo de las conexiones bidireccionales entre la aplicación de todos los posibles interlocutores de la misma: Instituto Cervantes, Ministerio de Defensa, Registros Civiles, Consejo General del Notariado, Consulados, Ministerio de Justicia, etc.