Asociación PROGESTIÓN

Podréis encontrarnos ahora en infoExtranjeria.org. Seguirá siendo gestionado por la Asociación Progestión (Asociación para la promoción y gestión de servicios sociales generales y especializados) pero ahora pasa a llamarse InfoExtranjeria.

Ir a InfoExtranjería
Finalista Premio Corresponsables 2016 Fundación CORRESPONSABLES

Novedades gestión cita previa Barcelona

4
Oct
2016
0

Novedades en la gestión de cita previa en la Oficina de Extranjería en Barcelona. 

Destacamos (lo subrayado es nuestro):

PRIMERA. 1) Desde el pasado día 3 de octubre de 2016, las solicitudes de autorizaciones de residencia que requieren la comparecencia personal de los interesados, pueden presentarse, con cita previa, en cualquiera de las dos sedes de la Oficina de Extranjería de Barcelona (OEX): Passeig de Sant Joan 189 y calle Murcia 42.

(…)

SEGUNDA. El resto de trámites de extranjería que no requieran la presentación personal de los interesados podrán presentarse por alguno de los sistemas siguientes:

1) Con certificado digital, a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas: https://sede.administracionespublicas.gob.es/

Extranjería

Enlace: MERCURIO – Renovaciones de Autorizaciones de Extranjería – Presentación Telemática.

Nota aclaratoria 1: A través de MERCURIO pueden presentarse las solicitudes que se indican en la propia plataforma de la sede electrónica. No obstante, los servicios centrales están trabajando para ampliar el número de trámites con los que se podrá utilizar esta plataforma. Aquellas solicitudes que no puedan presentarse a través de esta plataforma, podrán presentarse:

2) Con certificado electrónico en el Registro Electrónico Común: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronic oComun.html

3) Sin cita previa, pero exclusivamente por los propios ciudadanos extranjeros, en las oficinas de asistencia en materia de registros.

Nota aclaratoria 2: En este sentido, el artículo 14 de la nueva Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.

c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.

d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

(…)

5) Por otro lado, la aportación de documentación a expedientes en trámite, por ejemplo, para completar requerimientos o citaciones, puede realizarse también, con certificado digital en:

La sede electrónica de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas: https://sede.administracionespublicas.gob.es/

Extranjería

Enlace: Aportación telemática de documentación a procedimientos de extranjería

*Información obtenida a través de la Sección de Extranjería del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona

[jetpack-related-posts]

Cursos ICAM Octubre 2016

septiembre 26, 2016

Programa actividades Octubre 2016

octubre 5, 2016