
Víctimas de delitos

Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, y se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito. (Publicado en el BOE en fecha 30/12/2015)
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2016.
Aconsejamos ver nuestro post sobre el Estatuto de la Víctima del delito, colgado en fecha 01/05/2015.