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Pasos a seguir tras concesión nacionalidad

¿QUÉ HACER TRAS LA OBTENCIÓN DE LA NACIONALIDAD?

Las personas que ya han obtenido la nacionalidad española en este último año podrán pedir cita ante un notario para jurar o prometer la Constitución y las leyes nacionales, el último paso para poder obtener su DNI o pasaporte español.

 Los notarios que hay actualmente en España, en su condición de funcionarios públicos, se responsabilizarán de esta gestión hasta el 31 de diciembre, fecha en la que finaliza la encomienda. Este trámite es totalmente gratuito para los futuros españoles. Al mismo tiempo, seguirá vigente el procedimiento de jura y promesa en el Registro Civil, por tanto, los ciudadanos podrán elegir entre mantener o solicitar una cita en los registros o acudir a los notarios.

PASOS A SEGUIR PARA LA JURA O PROMESA ANTE LOS NOTARIOS

Primer paso: Desde la página del Ministerio de Justicia, o bien directamente, deberá acceder a http://nacionalidad.notariado.org/liferay/web/nacionalidad/inicio, donde encontrará los formularios que deberá rellenar y el mapa de notarías o colegios en los que podrá pedir cita.

Segundo paso: Introducir el Código Seguro de Verificación (CSV), que figura en la parte inferior de su expediente impreso, así como su N.I.E. y su número de expediente para que se pueda identificar su expediente en formato electrónico.

Tercer paso: Rellenar los formularios con sus datos personales y los relativos a la propia nacionalización (si conservará su nombre, vecindad civil, renuncia a su anterior nacionalidad, acto elegido -jura o promesa-, etc.).

Cuarto paso: Escoger el lugar donde quiere realizar el acto de promesa o jura y remitir sus datos de forma telemática al colegio notarial o a la notaría que haya elegido para el acto. Además, deberá de ponerse en contacto, por correo electrónico o por teléfono, con el colegio o la notaría escogido para solicitar cita (a partir del día siguiente hábil de haber remitido sus datos).

Quinto paso: Por último, deberá acudir al lugar indicado en el día asignado, llevando el N.I.E. y la documentación en regla.

Con la jura o promesa se llega prácticamente al final del proceso para la obtención de la nacionalidad. Una vez que los notarios den fe de este acto, ellos mismos se encargarán de enviar telemáticamente el documento al sistema de tramitación de los expedientes y desde aquí se trasladará al Registro Civil para su inscripción, sin que el ciudadano tenga que preocuparse por ninguna otra gestión. Y sin que este tenga tampoco que acercarse de nuevo a ninguna oficina, podrá acceder a la certificación de nacionalidad a través del apartado ¿Cómo va lo mío? de la página web del Ministerio. Si el ciudadano ha aportado en su expediente una dirección de email, sin perjuicio de lo anterior, se le avisará de la disponibilidad de la certificación de nacimiento y nacionalidad por este medio. Una vez que tenga ya ese documento, el interesado podrá pedir cita, como cualquier otro español, a los equipos de la Dirección General de la Policía para solicitar su DNI o pasaporte.

Información obtenida a través de la página web del Ministerio de Justicia.

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