Anulación inciso Ley Extranjería 22Jul2013 Normativa 0 – Sentencia de 11 de junio de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el inciso «los plazos para la interposición de los recursos que procedan serán computados a partir de la fecha de notificación al empleador o empresario», que contiene el artículo 88.5, párrafo 4º, del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto n.º 557/2011, de 20 abril. (Publicada en el BOE en fecha 22/07/2013) Enviar e imprimir Enviar por email Imprimir [jetpack-related-posts] Etiquetas: notificaciónplazorecursos « Entrada anteriorInstrucción régimen aplicable a nacionales de Croaciajulio 9, 2013 Entrada siguiente »Acuerdos internacionalesjulio 23, 2013 Noticias RelacionadasSentencias del TJUE: LD con penales y protección internacional10 noviembre 2020Intervención Abogacía del Estado en los recursos de extranjería y visados26 febrero 2020Notificaciones a través del BOE (Tablón Edictal Único)29 marzo 2017 Noticias destacadasAutorización de regreso Navidad 20237 diciembre 2023Resoluciones DGSJFP diciembre 20225 diciembre 2023Información y fechas tramitación extranjería en Valencia a 29 de noviembre de 20234 diciembre 2023 Compartir Facebook Twitter Whatsapp Telegram Email Imprimir Nos encontrarás en Linkedin Facebook Twitter