Consejo General del Poder Judicial
– Acuerdo de 14 de febrero de 2013, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se ratifica el Acuerdo de 27 de diciembre de 2012, por el que se atribuye al Juzgado de lo Penal n.º 32 de Madrid (Juzgado de Ejecutorias) el conocimiento con carácter exclusivo de determinadas materias. (Publicado en el BOE en fecha 10/06/2013)
[jetpack-related-posts]* 1.º Atribuir, en virtud de lo previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al Juzgado de lo Penal número 32 de Madrid, el conocimiento, con carácter exclusivo y excluyente, de la ejecución de las resoluciones de las que ya conocen los Juzgados de lo Penal de Madrid especializados en ejecuciones, referidas a las siguientes materias:
a) Violencia de Género, b) Violencia Doméstica, c) Abandono de familia, Impago de pensiones, d) Quebrantamiento de medidas cautelares, de seguridad y de penas relativas a violencia de género y violencia doméstica.
b) Medidas de Seguridad y Expulsión de Extranjeros.
c) Medidas de seguridad de Internamientos en Centros Psiquiátricos, Deshabituación y Educativos especiales.