Cita Previa Renovación Larga Duración
Para pedir la cita, antes se indicaba:
«Expedición de renovación de tarjeta de identidad de extranjero de los residentes de Larga Duración y Larga Duración-UE.»
Y ahora:
«Toma de huellas (exp.tarjeta) larga duración».
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Deben solicitar cita previa para esta expedición los titulares de autorización de residencia de larga duración o larga duración-UE cuya tarjeta de identidad de extranjero de larga duración o larga duración-UE se encuentre dentro de los 60 días naturales inmediatamente anteriores a su fecha de expiración, o en las circunstancias recogidas en los artículos 150.2-3 y 154.2-3 del R. D 557/2011, de 20 de abril.
Se presentará personalmente el ciudadano extranjero que exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje original en vigor para acreditar su identidad y aportará:
1. Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-17), por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse en http://extranjeros.mtin.es/es/ModelosSolicitudes/
2. Pasaporte en vigor (original y copia)
3. Tarjeta de residencia anterior.
4. Justificante del abono de la tasa de expedición de la tarjeta por cuantía de 20,40 euros en modelo oficial (790-Código 012 del Ministerio del Interior) a retirar en dependencias policiales con anterioridad al día de la cita obtenida para huella pues en dicho momento deberá aportarse abonada.
5. Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.
6. Volante de empadronamiento si se ha producido cambio de domicilio.
Puede obtener más información accediendo a éste enlace: Información Oficinas Extranjería
LEA ATENTAMENTE
Se recuerda asimismo que las solicitudes de renovación de tarjeta de identidad de extranjero de los residentes de larga duración y larga duración-UE de familiares que no ostenten o no puedan ostentar la misma de forma independiente han de presentarse simultáneamente, a las de la persona de la que dependan, debiéndose, por tanto, pedir cita por cada solicitud a realizar.
IMPORTANTE:
La competencia para la expedición de la renovación mencionada corresponderá a la provincia en la que tenga fijada su residencia el trabajador extranjero.
Se recuerda la obligación a los sujetos pasivos de realizar el abono de las tasas correspondientes por la expedición de tarjeta, de conformidad con Orden PRE/1803/2011, de 30 de junio.