
Tasas Extranjería tras la entrada en vigor del Reglamento R.D. 557/2011

Resulta importante resaltar que tras haber obtenido un permiso de residencia por circunstancias excepcionales, a la hora de renovarlo se tramita como una modificación recogida en el artículo 202 del Reglamento, cuyas tasas ascienden a:
[jetpack-related-posts]«Autorización de residencia temporal por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales (artículo 202 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000) = 15,30 €«
«Autorización de trabajo por modificación de una autorización de residencia por circunstancias excepcionales (artículo 202 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000) = 76,05 €«