
Acreditación Ascendientes «a Cargo» en Reagrupación

Se considera que están a cargo cuando se acredite que el último año el reagrupante ha transferido fondos o gastos de su ascendiente de al menos el 51 % del producto interior bruto per cápita, en cómputo anual, del país de residencia de éste. Para consultar el PIB por país se puede consultar en:
http://www.ine.es/jaxi/tabla.do?path=/t42/p05/l0/&file=05001.px&type=pcaxis&L=0
Sin embargo los datos que constan en dicho enlace son sólo hasta el año 2008.